La sentencia, sobre la que
informa El Mundo,
explica que la finalidad que persigue el legislador en la protección laboral y de seguridad social dispensada en el supuesto de parto es diferente en atención a que se trate de la madre o del padre. En el caso de la madre, la "
finalidad primordial" que persigue el legislador "
es la protección de la salud de la mujer trabajadora, durante el embarazo, parto y puerperio", por lo que es justificable una mayor duración del permiso.